Cómo darse de alta como autónomo es una pregunta que seguramente te hayas hecho alguna vez. Si tienes intención de emprender y tener tu propio negocio en España estás en el lugar adecuado.
En este post vamos a explicarte de forma breve cómo darse de alta como autónomo en 5 sencillos pasos.
Aunque seguramente te haya surgido otra duda.
¿Me doy de alta solo o busco ayuda profesional?
Puedes optar por las dos opciones, aunque si contratas los servicios de una gestoría autónomos Barcelona, como Gestoría Raipe, reducirás considerablemente el tiempo dedicado a los trámites a presentar.
Además de la comodidad, la ventaja de contar con una asesoría o gestoría es que reducirás el riesgo de cometer cualquier error o no evitar olvidarte cualquier papeleo por desconocimiento y encontrarte después con alguna sorpresa.
5 pasos para darse de alta como autónomo
1. Acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social
Lo primero que debes si deseas ser autónomo es acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Deberás rellenar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda
Además, deberás inscribir la empresa para que te asignen un número para tu identificación y control de tus obligaciones. En el momento de darte de alta alta se te definirá tu base de cotización y las coberturas por las que cotizas.
Consulta aquí las nuevas cuotas de autónomos aplicables de 1 de Enero de 2023
2. Darte de alta en Hacienda
Una vez hecho el primer paso, deberás darte de alta en la Agencia Tributaria antes de empezar con tu actividad. Para ello, deberás rellenar los modelos 036 de régimen ordinario y 037 de régimen simplificado. Estos modelos son necesarios para presentar la declaración censal donde deberás indicar la actividad a la que te vas a dedicar, el lugar donde se sitúa el negocio y los impuestos que deberás pagar.
3. Comunicar la apertura del negocio
Una vez realizados estos trámites, deberás comunicar la apertura del negocio en la Consejería de Trabajo de tu comunidad autónoma.
Otros trámites
Los siguientes trámites no son obligatorios o solo son obligatorios para algunos colectivos.
– Solicitud del número de patronal en caso de que se contrate a un trabajador. Deberás dirigirte a la Tesorería General de la Seguridad Social.
– Comunicación de apertura del centro de trabajo. Eso solo se deberá hacer en el caso que se abra un nuevo centro o reformas del mismo y se necesite una licencia de apertura.
– Alta voluntaria en el Registro Mercantil .
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Si aún tienes dudas o necesitas más información puedes ponerte en contacto con nuestra gestoría en Barcelona.
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