Cuota de autónomos: Cuánto pagarán en 2023

SLU ¿qué es?

El pasado mes de julio se aprobó el Real Decreto Legislativo 113/2022 de 26 de julio por que establecía el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Con efecto ya para el ejercicio 2023 la cuota de autónomos se calculará en función del Rendimiento Neto que obtenga el empresario y/o profesional.

Con la entrada en vigencia de este nuevo sistema de  cotización se intenta que el colectivo ajuste sus obligaciones con la Seguridad Social de acuerdo a la realidad de su negocio, lo que supone una mayor flexibilidad y control sobre las finanzas.

Ver Así son las nuevas cuotas de autónomos que plantea el Gobierno

15 tramos de cotización para calcular la cuota

De esta forma, el sistema de cotización de los autónomos pasa a ser un modelo progresivo de cuotas que se despliega durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajan su cuota, mientras que se incrementa para los que más ganan.

Este sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta.

Este nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales para los autónomos:

  • Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros.
  • Año 2024: cuota mínima de 225 euros y máxima de 530 euros.
  • Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.

Los autónomos colaboradores

Con respecto a los autónomos colaboradores (familiares del trabajador autónomo), con el nuevo sistema de cuotas no pueden cotizar por una base mínima inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Actualmente, el SMI se encuentra establecido en 1.000 euros mensuales fijados en 14 pagas, es decir, 14.000 euros anuales.

Por tanto, los autónomos colaboradores tienen una base mínima de cotización de 1.000 euros al mes.

El establecimiento de una cuota mínima se debe a que los familiares colaboradores no tienen que declarar los ingresos.

No obstante, los autónomos colaboradores pueden seguir acogiéndose a las bonificaciones y ayudas que se ofrecen desde la Administración Central. 

Los autónomos societarios

La cuota de los autónomos societarios en 2023 presenta una importante diferencia con respecto a la cuota de los trabajadores autónomos individuales, dentro del nuevo sistema de cotización en función de sus ingresos reales.

Como tienen una base mínima de cotización fijada en 1.000 euros mensuales los autónomos societarios que coticen por la base mínima tendrán que pagar una cuota de 310 euros mensuales, en lugar de los 377,87 euros al mes de cuota del año 2022. Lo que supone un ahorro anual de 814,44 euros.

Pero hay que tener muy en cuenta que, si los ingresos son superiores, las cuotas mensuales serán más altas a las de 2022.

Y con respecto a la deducción por gastos genéricos, para los autónomos societarios es de un 3% en vez del 7% que corresponde a los autónomos personas físicas.

Cómo se calcula la cuota de autónomos

De esta forma, si a 1 de enero de 2023 ya figuras de alta como autónomo, debes realizar la comunicación de tus rendimientos antes del 31 de octubre del 2023 a través del servicio “Modifica tus datos de trabajo autónomo”.

Y en caso de que tengas que comunicar un cambio de base de cotización, porque tus rendimientos supongan una base de cotización diferente a aquella por la que venías cotizando, tendrás que solicitar dicho cambio y comunicar tu previsión de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, antes del 28 de febrero. Así, no se tendrá que realizar posteriormente ninguna regularización de cuotas.

Se tendrá en cuenta el sistema de tributación del trabajador autónomo:

  • Estimación directa: Suma del rendimiento neto de la actividad.
  • Estimación objetiva: Rendimiento neto previo minorado en el caso de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, mientras que para el resto de supuestos será el rendimiento neto previo.
  • Atribución de rentas: En estimación directa el rendimiento neto; en estimación objetiva el rendimiento neto previo minorado en el caso de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, mientras que para el resto de supuestos será el rendimiento neto previo.
  •  Autónomos societarios: la totalidad de los rendimientos íntegros – dinerarios y en especie – derivados de la participación en los fondos propios de aquellas entidades de las que se tenga a fecha de devengo del impuesto de sociedades una participación igual o superior al 33% del capital social o, siendo administrador, una participación igual o superior al 25%, así como la totalidad de los rendimientos del trabajo derivados de su actividad en dichas entidades.

Sobre dichos rendimientos se aplicará una deducción de gastos genéricos del 7% para autónomos personas físicas y del 3% para autónomos societarios o administradores.

Caso practico de cálculo de cuota de autónomo

Para entender mejor como calcular tu cuota veamos el ejemplo de un autónomo que tiene que calcular su cotización en función de sus ingresos reales:

1º Como tiene que hacer una previsión de sus ingresos mensuales, va a tomar como referencia su rendimiento neto mensual durante el año 2022. Vamos a calcularlo:

Nuestro autónomo, persona física en régimen de estimación directa, ha tenido durante el año 2022 unos ingresos totales de 25.000 euros, unos gastos que ascendieron a 5.500 euros y pagó una cuota de autónomos de 295 euros/mes (3.540 euros/año).

Con estos datos de referencia, sus rendimientos netos en 2022 fueron de 23.040 euros.

25.000 € – 5,500 € + 3.540 € = 23.040 €

A esta cantidad hay que aplicarle una deducción por gastos genéricos del 7%.

Por tanto, su rendimiento neto anual en 2022 fue de 19.269,6 euros.

El 7% de 23.040 € = 1612,80 €

20.720 € – 1.450,4 € = 21.427,20 €

Eso quiere decir que su rendimiento neto mensual en 2022 fue de 1785,60 euros.

21.427,20 € / 12 = 1.785,60 €

Por tanto, teniendo en cuenta esta cantidad, nuestro autónomo se ubicaría en el año 2023 en el tramo 7 entre 1.700 y 1.850 euros. Y le correspondería una cuota de 310 euros al mes en 2023, 2024 y 2025.

Si quieres puedes hacer tu prueba con este simulador de Seguridad Social de cuotas de autónomos

Tabla de cuotas en función de los ingresos 2023 a 2025

Ingresos

Cuota en 2023

Cuota en 2024

Cuota en 2025

Menos de 670€

230€

225€

200€

Entre 670 y 900€

260€

250€

220€

Entre 900 y 1.166€

275€

267€

260€

Entre 1.166 y 1.300€

291€

291€

291€

Entre 1.300 y 1.500€

294€

294€

294€

Entre 1.500 y 1.700€

294€

294€

294€

Entre 1.700 y 1.850€

310€

320€

350€

Entre 1.850 y 2.030€

315€

325€

370€

Entre 2.030 y 2.330€

320€

330€

390€

Entre 2.330 y 2.760€

330€

340€

415€

Entre 2.760 y 3.190€

350€

360€

440€

Entre 3.190 y 3.620€

370€

380€

465€

Entre 3.620 y 4.050€

390€

400€

490€

Entre 4.050 y 6.000€

420€

445€

530€

Más de 6.000€

500€

530€

590€

Hasta 6 cambios de cuota de autónomo al año

Se podrá cambiar hasta 6 veces dentro del año natural, pudiendo elegir otra base dentro de los límites mínimo y máximo aplicables a cada ejercicio.

Para realizar los cambios se tendrán en cuenta los siguientes plazos:

  • Entre el 1 de enero y el último día de febrero, la fecha de efecto será a partir del 1 de marzo.
  • Entre el 1 de marzo y el 30 de abril surtirán efectos a partir del 1 de mayo.
  • Entre el 1 de mayo y el 30 de junio surtirán efectos a partir del 1 de julio.
  • Entre el 1 de julio y el 31 de agosto surtirán efectos a partir del 1 de septiembre.
  • Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre surtirán efectos a partir del 1 de noviembre.
  • Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre surtirán efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

Una vez cerrado el ejercicio 2023, la Tesorería General de la Seguridad Social regularizará las cuotas de autónomo con arreglo a la información relativa a los rendimientos netos que la Agencia Tributaria les comunique. De este modo remitirán al autónomo carta de pago con las diferencias de cotización que se detecten, o devolverán de oficio las cuotas pagadas por encima del tramo que corresponda.

Se otorgará un plazo largo y estas cuotas no tendrán recargo, intereses ni penalizaciones de ningún tipo, salvo que se paguen fuera del plazo asignado.

Cómo se cambia la base de cotización

El cambio en la base de cotización de los autónomos se puede hacer de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social, en la llamada plataforma Import@ss

Una vez se haya ingresado a Import@ass, mediante DNI electrónico o Cl@ve se clica en el apartado de afiliación e inscripción, y después en cambio de base de cotización.

Donde se puede actualizar el importe por el que se quiere cotizar. Al aceptar se muestra un documento PDF que funciona como comprobante de la solicitud.

No hay que olvidar que el sistema también permite optar por el incremento automático de la base de cotización.

En este caso, la base actual del autónomo subirá de manera proporcional al aumento que tengan las bases máximas correspondientes, lo que se traduce en una mejor pensión en el futuro.

6 Novedades del sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales

Las principales novedades que se han introducido con el sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales son:

  • Tarifa plana de 80 euros: la tarifa plana para autónomos pasa a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos. Y en los siguientes 12 meses el autónomo puede seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.
  • Mejoras en la protección del autónomo: se establece una prestación del 50% de la base reguladora por cese de actividad compatible con otra actividad. Se puede cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.

Ver Las ayudas por cese de actividad para autónomos serán más asequibles (a partir de 2023)

  • Mayores deducciones: se incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios.
  • Cambio de tramo cada 2 meses: se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.
  • Desgravación del plan de pensiones: los autónomos pueden desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
  • Sin tope de cotizaciones para mayores de 47 años: el tope de cotizaciones para trabajadores mayores de 47 años deja de existir en 2023. aunque la subida debe ir acorde a la obtención de unas ganancias que justifiquen dicho aumento. Es decir, pueden subir su base siempre que se lo permitan sus rendimientos netos.

Como puedes ver calcular la cuota de autónomo que tienes que pagar a partir de Enero de 2023 no es tan fácil como parece. En muchos casos va a ser más favorable ( hasta ingresos inferiores 1.500 euros netos al mes), pero también puede suponer un importante incremento de la cuota siga más de 2.000 euros mensuales.

Nuestro consejo es que consultes con tu gestoría de confianza y te adaptes al nuevo sistema de cotización  lo antes posible para evitarte desagradables sorpresas a final de año, cuando Seguridad Social regularice las cuotas con tus ingresos del año.

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