Mejor por el Punto de Entrada
Por Internet. Las sociedades que operan con administraciones públicas deben emitir facturas electrónicas y remitirlas por Internet a través del Punto de Entrada de Facturas Electrónicas.
Cobrará antes:
◦Cuando la administración recibe una factura, dispone de 30 días para aprobarla y de 30 más para proceder a su pago. Si tarda más en pagar, debe satisfacer intereses de demora.
◦Al utilizar el Punto de Entrada, quedará constancia del momento en que se ha presentado la factura. Así evitará discusiones sobre su fecha de recepción y sobre el cómputo de los plazos indicados.