Una de las dudas a la hora de hacerse autónomo es todo el tema de las mutuas: ¿qué son las mutuas para autónomos?, ¿son obligatorias?, ¿qué me cubren estas mutuas?, ¿cómo elegir la mejor? Hoy respondemos a todas tus dudas sobre la mutua para autónomos.
¿Qué es la mutua para autónomos y cómo elegir una?
Las mutuas para autónomos son asociaciones que colaboran con la seguridad social con el objetivo de proteger y cubrir ciertas prestaciones a los trabajadores por cuenta propia.
Elegir una mutua u otra es, en muchas ocasiones, una labor difícil por su amplia variedad. No obstante, cabe destacar que estas asociaciones de empresarios carecen de ánimo de lucro, por lo que su beneficio económico nunca será un motivo para captar clientes.
Una de las cosas más importantes para elegir una mutua u otra es que presten los servicios que vas a necesitar, principalmente que dispongas de buenos médicos y que puedan ayudarte con los trámites en caso necesario. Esto puedes conocerlo en la propia mutua, aunque una gestoría para autónomos te ayudará a tomar la decisión correcta.
¿Qué servicios presta la mutua para autónomos?
Las prestaciones que cubren las mutuas para sus afiliados son las siguientes:
- Prestación económica por accidente (laboral o no) o enfermedad (común o profesional).
- Asistencia sanitaria derivada por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Ayuda económica por riesgo durante el embarazo y lactancia materna.
- Prestación económica por cuidado de menores con enfermedad grave.
- Compensación económica por cese de actividad.
De esta manera, los autónomos pueden estar más “tranquilos” en caso de enfermedad, accidente o alguna de las situaciones mencionadas, pues no dejarás de ingresar dinero por ello.
¿Es obligatorio tener una mutua siendo autónomo?
Actualmente, y desde el 1 de enero de 2019, sí. A raíz de la aprobación del RD-Ley 28/2018 de diciembre, con entrada en vigor el primer día del año 2019, toda persona autónoma tiene el derecho y la obligación de pertenecer a una mutua. Antiguamente, no era obligatorio optar por una mutua colaboradora, pues era suficiente con el INSS. No obstante, ahora sí es un requisito indispensable, y sancionable si no se dispone de ella, para todo empleado del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
¿Puedo cambiar de mutua?
Por supuesto. De hecho, cada año puedes solicitar el cambio antes de la fecha máxima para ello. Este año, el plazo para realizar e informar del cambio de mutua a la Seguridad Social, es el 30 de septiembre. Para cambiar de mutua se deben seguir los siguientes pasos:
- Solicitar la baja en la mutua actual antes del 30 de septiembre.
- Darse de alta en la nueva mutua deseada antes de la fecha máxima comentada.
- Finalmente, informar a la Seguridad Social del cambio entregando la documentación pertinente.
En nuestra gestoría en Barcelona estamos para ayudar a todas las personas que así lo necesiten en todos los aspectos relacionados con las finanzas, asuntos legales, laborales y jurídicos. Ponte en contacto con nosotros para cualquier duda que puedas tener.