Si va a contratar a nuevos trabajadores para cubrir el exceso de pedidos que tendrá durante las fiestas de Navidad, firme con éstos un contrato eventual por circunstancias de la producción. En concreto:
Cubrir los incrementos de venta
- Este tipo de contrato es el que se utiliza para atender excesos de pedidos o acumulación de tareas, o cuando las circunstancias del mercado así lo exijan.
- Cuando formalice el contrato, indique con precisión y claridad la causa de su concertación. Por ejemplo: «Cubrir el eventual incremento en la demanda de productos con motivo de la campaña de Navidad». Si refleja una causa genérica (como «un aumento de pedidos»), el contrato se presumirá celebrado en fraude de ley, y los afectados reclamarán su condición de indefinidos.