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Rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta: qué son y cómo tributan

Para muchas personas aún supone una confusión entender y saber aplicar los rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta. Es necesario comprender qué son, cómo tributan y sus diferencias frente a las rentas de ahorro y los rendimientos de actividades económicas para poder realizar el ejercicio con transparencia y eficacia.

De hecho, saber cuándo aplicar como rendimiento de trabajo o como actividad económica tiene un impacto en el resultado de la Renta, de ahí que sea tan importante entender este concepto.

¿Qué son los rendimientos de trabajo?

La mayoría de personas no distingue la forma en que consigue y proceden sus ingresos. Aunque para nosotros todo forme parte del trabajo, para Hacienda no es así, y por ello diferencia entre salario, colaboración como freelance o trabajo esporádico.

En términos fiscales, los rendimientos de trabajo son aquellas contraprestaciones o utilidades, en dinero o en especie, que deriven del trabajo personal o de la relación laboral y que, por ende, no sean rendimientos de actividades económicas. Cuando trabajamos por nuestra cuenta como lo haría un autónomo, entonces, es ahí cuando hablamos de actividades económicas.

¿Qué elementos se incluyen dentro de los rendimientos del trabajo?

Según estipula el artículo 17 de la Ley de IRPF, se consideran rendimientos del trabajo los siguientes:

A) Salario, prestaciones, dietas y planes de pensiones.-

En este apartado, se incluye el sueldo o salario, las prestaciones por desempleo (el paro, que se considera por Hacienda un pagador más) y las dietas o gastos de viaje.

B) Planes de pensiones y prestaciones.-

Se integran los pagos de la Seguridad Social (una baja laboral), pensiones públicas (incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, etc.), mutualidades de funcionarios, previsión social, planes de previsión de asegurados, seguros de dependencia.

C) Otros ingresos.-

Aquí incluiríamos otros ingresos menos comunes como los ingresos por cursos y conferencias, ingresos por derechos de autor, becas, retribuciones de los consejos de administración, derechos especiales, etc.

Entonces… ¿qué son las actividades económicas?

Son la inmensa mayoría de ingresos que provienen de colaboraciones o trabajo freelance y que no entran dentro de las categorías anteriores. Para que un ingreso pase de rendimiento de trabajo a actividad económica, desde el punto de vista legal, debe implicar la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos y tener la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

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Renta 2017-2018: Las novedades de la campaña

De nuevo toca tributar y este año la campaña de la Declaración de la Renta 2017-2018 comenzará de forma oficial a partir del próximo día 4 de abril. En esta ocasión, las declaraciones podrán presentarse bien por teléfono o por internet, aunque para la atención presencial con los asesores de las delegaciones habrá que esperar hasta el próximo 10 de mayo.

Estos son los primeros datos que apuntan las fuentes oficiales aunque hay que hacer una especial mención a las novedades que trae consigo este año el sistema de presentación de declaraciones. Por ejemplo, desde el pasado 15 de marzo los contribuyentes ya pueden consultar sus datos fiscales en línea. Repasamos los puntos clave de la Declaración de la Renta 2017-2018.

Las fechas clave

Como apuntábamos, el servicio de consulta de datos fiscales se ha adelantado este año para agilizar la campaña y desde el 15 de marzo ya están disponibles. Hay que apuntar bien que la fecha límite de entrega de declaraciones será el 2 de julio y el 27 de junio en caso de domiciliaciones.

Si no necesitas añadir información o modificar datos fiscales, desde el 4 de abril puedes presentar la Declaración de la Renta a través de una nueva app, disponible para Android e iOS, que ha habilitado la Agencia Tributaria. En caso de precisar modificaciones, tendremos que acceder al programa Renta Web para añadir cambios. Una vez modificadas, se podrán confirmar a través de la app.

Confirmar la Declaración de la Renta desde el móvil

Una novedad que no ha pasado desapercibida es la posibilidad que brinda la Agencia Tributaria este año al permitir la consulta y presentación de declaraciones “con un sólo clic” a través de una aplicación móvil. De hecho, la aplicación permite recibir mensajes y alertas personalizadas así como hacer un seguimiento del estado de la tramitación en todo momento.

Eso sí, en caso de tener que modificar datos se redirigirá al usuario a la plataforma web Renta Web para que incluya dichos cambios.

No más borradores

En el ejercicio fiscal del año anterior solamente se confirmó el envío postal de 727 borradores, de modo que este año se ha suprimido esta opción para el contribuyente, si bien podrá seguir recibiendo por correo postal los datos fiscales, pues este último servicio se mantiene.

Señalar también que para la obtención de los datos fiscales, como en años anteriores, se recurrirá al certificado electrónico, a la clave y número de referencia (Reno).

El servicio profesional de una gestoría

No todas las declaraciones son sencillas de realizar y hay algunas que precisan de un servicio profesional extra ya que existen rendimientos de actividades económicas, se duda de alguna deducción a aplicar, hay que repasar la liquidación del IRPF, etc.

La figura del gestor se asegura de que se hayan aplicado todas las deducciones adecuadamente; te aconseja si elegir tributación individual o una conjunta; gestiona la declaración de conceptos como donativos, compraventa de acciones, ganancias o pérdidas patrimoniales y gastos deducibles de arrendamientos; comprueba la correcta aplicación de los mínimos por descendientes, entre otros muchos detalles que puede que se nos escapen.

En caso de duda, antes de cometer errores es recomendable ponerse en las manos de un profesional para así pulir cada detalle de la Declaración de la Renta y subsanar cualquier tipo de error al respecto.

Modelo 720

Modelo 720

El próximo 2 de abril finaliza el plazo para presentar el modelo 720 (declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero).

Obligados a presentar esta declaración

  • Las personas que tengan cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero valorados en más de 50.000 euros.

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requisitos para cobrar el paro

Prestación contributiva por desempleo y requisitos para cobrar el paro

La denominada prestación contributiva por desempleo, también conocida como el cobro del paro, es una prestación de carácter económico cuyo principal objetivo es proteger al trabajador que ha perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad.

¿Quiénes pueden cobrar el paro?

  • Toda aquella persona que haya perdido el empleo de forma definitiva, ya sea por un despido o por la conclusión de un contrato temporal.
  • Aquellas personas a las que se les ha reducido temporalmente su jornada ordinaria de trabajo (al menos en una tercera parte) y también se les ha reducido el salario en proporción.

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