Entra en vigor la nueva Ley anti fraude fiscal mediante la cual se reduce el pago máximo en efectivo. Así lo ha declarado el BOE con la Ley 11/2021, de 9 de julio, mediante la cual se limita el importe a pagar en efectivo a 1.000 €.
El pago en efectivo hoy en día, y aún más con la pandemia, es cada vez menos habitual. La tarjeta de crédito e incluso el pago con el móvil, son las principales formas de pago actualmente. De hecho, con la emergencia sanitaria en España provocada por la Covid-19, el pago con tarjeta superó al pago en efectivo.
Nueva Ley contra el fraude: limitación del pago máximo en efectivo
Esta reducción del pago en efectivo tiene como objetivo que las grandes transacciones queden mejor reflejadas en las cuentas de las empresas y/o particulares.
Entre las novedades principales de la nueva Ley por la que se limita el pago máximo en efectivo, destaca la reducción de 2.500 a 1.000 euros, siempre y cuando intervenga en esa compra-venta un empresario o profesional. Esto quiere decir que, entre dos particulares, no se aplica este máximo de mil euros. Por ejemplo, si compras un coche a un particular, podrás pagarle más de mil euros en efectivo, puesto que no estás tratando con una empresa, un autónomo o un profesional.
Esta reducción afecta también a las nóminas; aquellos empresarios que pagaban la nómina a sus empleados en efectivo, desde ahora no podrán hacerlo si se supera el máximo permitido (1.000 €). En aquellos casos en que el pagador sea una persona física con domicilio fiscal fuera de España y no actúe en calidad de empresario o profesional, el importe máximo a pagar en efectivo será de 10.000 euros (anteriormente a esta Ley eran 15.000 €).
Otra de las cosas a destacar de esta Ley es que todas aquellas operaciones que no puedan realizarse en efectivo por el máximo permitido, se deberá conservar el justificante de pago durante cinco años desde la fecha del mismo. Este justificante servirá para acreditar en caso necesario el pago del mismo. Además, estarán obligados los intervinientes a presentar dicho justificante ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Qué se entiende por pago en efectivo
Seguramente ya sepáis en qué consiste el pago en efectivo, pero, para no dejar lugar a dudas, el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, incluye como pago en efectivo los siguientes conceptos:
- El papel moneda y la moneda metálica.
- Los cheques bancarios al portador.
- Cualquier otro medio físico concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.
Sanciones por incumplimiento de esta nueva Ley
Pagar en efectivo una cantidad superior a la máxima permitida, es decir, 1.000 €, supone el incumplimiento de la Ley, lo que supone una infracción administrativa.
Estarán sujetos a la infracción tanto la persona o entidad que pague en efectivo, como la que reciba el pago incumpliendo la limitación establecida. Es decir, tanto el pagador como el receptor deberán responder ante la infracción y la consiguiente sanción.
El incumplimiento del pago máximo en efectivo conllevará una sanción consistente en multa pecuniaria proporcional al 25 por ciento de la base de la sanción. Dicha sanción prescribirá a los 5 años desde el día de la compra-venta.
Sin embargo, si una vez notificada la propuesta de resolución, los implicados proceden al pago voluntario antes de la notificación de la resolución, supone las siguientes consecuencias:
- Se reduce la sanción en un 50 %.
- Finalización del procedimiento.
- Renuncia a alegaciones.
- Agotamiento de la vía administrativa.
Si tras leer el post sigues teniendo cualquier tipo de duda sobre este concepto o cualquier otro, no dudes en ponerte en contacto con Raipe Consultors, te ayudaremos encantados.
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